¿Quién cuida a quien nos cuida?

Feb 7, 2022

Es evidente que la crisis del COVID-19 ha impactado -y sigue impactando- muy duramente a muchas personas y familias alrededor del mundo. Pero también es obvio que no nos ha afectado a todos por igual y por lo tanto hay algunos grupos de población que han sufrido más sus efectos que otros. 

Uno de los colectivos que desde el principio de la pandemia fue señalado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como especialmente vulnerable y que después se ha mostrado como uno de los más afectados durante la crisis es el de las trabajadoras del hogar -en femenino, porque la gran mayoría son mujeres-. Pensemos en cuál era su situación antes de la crisis y cómo sus condiciones de precariedad se tradujeron en riesgo ante la pandemia. 

Las trabajadoras del hogar son mujeres que realizan trabajos de limpieza, cocina, cuidado u otros servicios en el domicilio de la familia que las contrata. Aunque las proporciones varían ampliamente entre países, la mayoría de estas trabajadoras son informales, es decir trabajan sin contrato, sin prestaciones laborales y sin acceso a la seguridad social. Además, en muchos países hay una parte importante de ellas que son migrantes, algunas irregulares y, por tanto, aún más desprotegidas. 

¿Qué implicaciones ha tenido esta informalidad durante la crisis por el COVID-19? Muchísimas de estas trabajadoras perdieron sus empleos; constituyen, de hecho, una de las ocupaciones más afectadas. Aquellas que carecían de protección laboral o prestaciones -la mayor parte-, no pudieron acceder a subsidios de desempleo -allí donde existen- ni a medidas extraordinarias para proteger el empleo.

Algunos ejemplos son los siguientes, en España el gobierno estableció una medida para evitar la finalización de contratos, asumiendo el coste de las nóminas de los trabajadores. Las trabajadoras domésticas no entraban en este esquema. En Chile se habilitó el acceso a los subsidios de desempleo en situaciones de contrato suspendido, pero no finiquitado. Las trabajadoras del hogar, muchas sin contrato y sin seguro de desempleo, no tienen esta posibilidad. En Hong Kong la discriminación ha ido aún más allá, al limitar el acceso a las trabajadoras domésticas extranjeras -que son mayoría- que llegaran principalmente desde Indonesia o Filipinas para retomar o iniciar sus actividades laborales. 

El caso de México ilustra bastante bien la respuesta gubernamental de muchos países en términos de protección de las empleadas domésticas: se recomendó a los  empleadores que pagaran el salario completo a las trabajadoras, asistieran o no al puesto de trabajo. Es decir, ante la crisis por el COVID-19 la situación de estas mujeres quedaba a expensas de la voluntad discrecional de las familias empleadoras. 

¿Cómo se da esta enorme desprotección en un sector que ocupa a tantísimas personas? El trabajo doméstico remunerado implica una relación laboral singular, que históricamente ha sido establecida de manera informal por personas que no se consideran empleadoras y que a menudo no conciben a la empleada como trabajadora, sino como “ayuda”, y que no contemplan su hogar como un espacio de trabajo. Estas características han conllevado muchas carencias en cuanto a regulación, garantía de derechos y protección social de este grupo de trabajadoras. A veces la regulación es abiertamente discriminatoria, excluyéndolas de algunos derechos como el subsidio de desempleo o el límite máximo en la jornada laboral. A menudo el alta de la trabajadora en el régimen de la seguridad social se considera un acto voluntario. 

Tras décadas de movilización y organización por parte de trabajadoras del hogar de muchos países, en 2011 se adoptó el Convenio 189 de la OIT sobre “Trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos”. Este tratado establece los derechos básicos con que deben contar estas trabajadoras y exhorta a los Estados firmantes a tomar medidas para garantizarlos. Si bien el Convenio 189 supone un paso en la buena dirección, y uno importante, es lamentable que tras más de 10 años desde su adopción sólo 35 de los 183 países miembros de la OIT lo hayan ratificado. Queda, por tanto, muchísimo por hacer. 

Una nota positiva: desde el inicio de la pandemia ha habido varias ratificaciones del Convenio 189 y se anuncian políticas ambiciosas en varios países. En México, que lo ratificó en julio de 2020, se han hecho varias reformas laborales para equiparar y garantizar los derechos laborales y lograr la formalización de estas trabajadoras. Este caso muestra que es posible superar el abandono al que estaban sometidas y que hay países que comprenden que ya es hora de cuidar a quien nos cuida. 

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